VEREDICTO
Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano NELSON ANTONIO GARCIA VARGAS, Titular de la cedula de identidad N° 5.285.193, bajo la asistencia del profesional del derecho FERNANDO YVAN PIRELA, inpreabogado N° 28.838; en contra de la Asociación Cooperativa de Transporte Animas de Guasare 15, RL, representada legalmente por el ciudadano FREDY MOLINA, titular de la cedula de identidad N° 3.359.127, en su carácter de Coordinador General de dicha Asociación, bajo la debida asistencia del profesional del derecho ANGEL EMIRO LUZARDO, inpreabogado N° 41.031.
SEGUNDO: En consecuencia se tiene como Procedente la violación del Derecho Constitucional al Debido Proceso y al Derecho a la Defensa que e.....