DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: QUINTIN ANTONIO ANGULO MEDINA y GUILLERMINA DEL CARMEN ORTIZ DE ANGULO, ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que ambos contrajeron el día Doce (12) de Junio de 1985, por ante la Jefatura de Registro Civil de la Parroquia Córdoba Municipio Guanare del Estado Portuguesa, como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 10, que en copia certificada fue traída a los autos..- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil.- ASI SE DECIDE.--------------------------------------
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