Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad del auto administrativo en el expediente signado con el N° 021-2016-01-00765 dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUMANA DEL ESTADO SUCRE en fecha 21 de Noviembre del año 2016 en la cual se declaro COMPETENTE para conocer de la causa y se ABSTIENE DE ADMITIR la solicitud de Autorización Para Despedir interpuesta por la entidad de trabajo FUNDACIÓN DEL ESTADO SUCRE PARA LA SALUD (FUNDASALUD), en contra del ciudadano YORMAN JOSE MARQUEZ CHACÓN , titular de la cédula de identidad Nº V-14.283.517.SEGUNDO: NOTIFIQUESE al Inspector del Trabajo, de esta decisión una vez que quede firme la sentencia. TERCERO: No hay condenatoria en costas, por la especialidad del procedimiento de nulida.....