III
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios
Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de ACCIÓN MERODECLARATIVA por vía de la jurisdicción voluntaria del ciudadano SAEVERINO ANTONIO VOLONNINO RABASCO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.079.807, sin que ello impida que la parte solicitante pueda satisfacer su pretensión por la vía de la inspección judicial, que le permita establecer la existencia y contenido de un documento de capitulaciones matrimoniales tal como lo desea de acuerdo al petitorio de la presente solicitud.
Notifíquese a la parte solicitante de la presente decisión por haber sido proferida fuera del lapso lega.....