/Este Tribunal Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se acuerda imponer al imputado MEDINA JOSE MARGARITO, titular de la cédula de identidad Nº 7.456.159, Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, como la de presentación periódica cada 8 días por ante la Jefatura Civil de Guaríco, estado Lara, y se mantiene la medida de prohibición de Salida del estado Lara, ello de conformidad con el artículo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se Decide. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.