Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado LUIS ALBERTO ALVAREZ ROJAS, titular de la cédula de Identidad Nº 17.941.447, por el lapso de pena que le queda por cumplir, es decir por DIEZ (10) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS Y OCHO (08) HORAS, debiéndolo cumplir en la dirección siguiente: Calle el Rosario al final del Cuchillón, casa amarilla en Carora, Municipio Torres, Estado Lara, al frente de una bodega. Debiendo ser supervisado por el Prefecto del Municipio Torres, Estado Lara.
Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación anexa a oficio dirigido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a l.....