Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN realizada por la sociedad mercantil QUINTERO & OCANDO, C,A, (QUINTOCA) representada por su apoderado Christian Leteo Lizardo, titular de la cédula de identidad No. 1º4.479.683, Inpreabogado No. 140.641, tal como consta en autos.
SEGUNDO: SE MANTIENEN LAS MEDIDAS DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretadas en fecha 09 de agosto de 2011 y fueron notificadas a la Oficina Inmobiliaria de Registro Público de los Municipios Carirubana, Punta Cardón y Santa Ana del estado Falcón, tal como consta en comisión agregada a los autos en fecha 18 de enero de 2012.
TERCERO: SE RATIFICA LA NEGATIVA de otorgar las medidas de secuestro o retención de vehículos y de embargo de dinero depositado en cuentas bancarias de la contribuyente QUINTORO & OCANDO C.A. (QUINTOCA).