este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCION POR MAYORIA DE EDAD DE LA AUTORIZACION, interpuesta por la ciudadana GLORIA AVELINA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.632.182, y de este domicilio, en beneficio de las hoy jóvenes adultas GENESIS YOHALYS y KAROLAY ANDREINA MENDES SANCHEZ. En consecuencia, se acuerda la entrega de la totalidad del dinero existente en la cuenta que tiene aperturada esta Juzgadora, a las ciudadanas up supra señaladas. Remítase al Departamento de Contabilidad adscrito a este Circuito Judicial, a los fines legales consiguientes. Asimismo, se dispone desincorporar la presente causa del archivo ordinario y remitirlo al Archivo judicial de ésta Circunscripción Judicial. Tómese nota y d.....