este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley Declara: INCOMPETENTE en razón de la cuantía para el conocimiento y decisión del presente asunto, en virtud de lo cual, se ordena remitir las presentes actuaciones mediante oficio al prenombrado juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO,, en Valencia, a los cuatro (04) días del mes de Julio del año dos mil dieciséis (2016). Años (206°) de la Independencia y (157°) de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. YO.....