En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por ACCIÓN POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO intentada por la ciudadana YRIS MEDINA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 7.349.818, en contra del ciudadano WILLIAM ALBERTO MEDINA PEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°:. 9.626.851. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la materia agraria.