DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Püblico del Estado Falcón, en contra del Ciudadano: Ignacio Antonio Ladino por la presunta comisión del delito de Lesiones Graves previsto y sancionado en el articulo 417 del Código Penal en virtud de que la misma reúne los requisitos del artículo 326 del COPP, en concordancia con el ordinal 2° del artículo 330 ejusdem.
SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público y por la defensa.
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal impone al acusado de la pena a cumplir de seis meses de prisión, en virtud de que el tipo penal establecido en el articulo 417 del Código Penal prevee una pena de uno a cuatro años de prisión,.....