Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda que motivó este juicio. En consecuencia acuerda la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano BENITO DE JESUS MENA AGUILAR para el adolescente ADRIAN BENITO MENA AGUILAR, en la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (BS. 80.000,oo) mensual, CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,oo) en el mes de septiembre y DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,oo) en el mes de diciembre. Igualmente el padre sufragará el cincuenta por ciento (50%) de los gastos por concepto de consultas médicas y medicinas para el adolescente.