DECISION:
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana del Estado Lara. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta a favor de la Ciudadano, CARLOS ALBERTO ROMERO, titular de la cédula de Identidad No. 7.389.592, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el Artículo. 256 Ordinales; 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, Por lo que deberá presentarse cada ocho (08) días por ante la sede de este tribunal, Prohibición de Salida de la Jurisdicción del Estado Lara. Se acuerda Procedimiento Abreviado en consecuencia remítase las actuaciones al tribunal de Juicio que corresponda. ASI SE DECRETA. Publíquese, Regístrese, Notifíquese, Diarícese, Cúmplase.-