este Tribunal Segundo UNIPERSONAL de de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta: PRIMERO: SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del ciudadano JASLEY JESUS COLINA GARCIA, venezolano, de 26 años, soltero, de oficio Vendedor de Pescado, cédula de identidad No. 25.925.112, residenciado en Urb. Cruz Verde, calle 17, sector 7, casa No. 1 en la esquina esta la Panadería La Candelaria, hijo del ciudadano Agustín Segundo Colina y la ciudadana Rita García, de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en los artículos 273 y 277 del Código Penal y artículo 16 numerales 1 y 4 y artículo 18 del Reglamento sobre armas y explosivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.