DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hechos y derechos antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana FLORICELDA QUERO DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 409.303, debidamente representada mediante poder apud acta, por los Abogados MANUEL S. CARUCI y CARLOS MANUEL VILLADIEGO, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nros. 6.590 y 21.739, respectivamente, en contra de la Sociedad Anónima CENTRO DE ESPECIALISTA EN CONTABILIDAD C.E.S.E.C., S.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 02 de octubre de 1992, quedando inserta bajo .....