Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE in limini litis por existencia de cosa juzgada, de conformidad con el numeral 5 del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa la presente Querella Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales), interpuesta por la ciudadana ANA LUISA SANTIL RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.110.019, asistida por el abogado Meyckerd Abad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.963, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CEDEÑO DEL ESTADO MONAGAS.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, con Competencia e.....