/En mérito de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución y vigilancia AUTORIZA EL PERMISO EXTRAORDINARIO del penado JOSE GREGORIO GONZALEZ PACHECO, titular de la cédula de identidad nro. 10.052.336, mientras es ubicado en otro Centro de Tratamiento Comunitario, a cumplir en la dirección señalada en la solicitud hecha por el Centro de Tratamiento Comunitario “Dra Nilda Lucrecia Hernández”, el cual será por un lapso de cuarenta y cinco (45) días a partir de la notificación de la presente autorización.- Ofíciese al Director del Centro de Tratamiento Comunitario “Dra Nilda Lucrecia Hernández”, al Juez de Ejecución nro. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, a la Fiscalía Décimo Tercera del Ministerio Público con copia de la decisión, notifíquese a la defensa y con copia de la decisión al penado.- Regístrese.- Cúmplase.