DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EL CONFINAMIENTO a la penada ANABEL AIDEE GURROLA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 5.843.840, por el lapso de pena que le queda por cumplir, es decir por (01) AÑO, NUEVE (09) MESES y DIEZ (10) DÍAS, que extinguen el CATORCE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE (14/07/09), en la dirección siguiente: Avenida Principal Urbanización Juan Pablo Segundo. Manzana C ¿ 8, Guanare Estado Portuguesa, residencia de la familia de la ciudadana DELIA COROMOTO MARTÍNEZ ROMERO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 9.560.767, teléfono 0254-808-97-07, sitio en el cual se encuentra su residencia, debiendo ser supervisada por la Jefatura Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa que informará s.....