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Decisiones del dia 04/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : 3050 N° Sentencia : 2997 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admision Con Suspención De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS. SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
arriba

N° Expediente : 3049 N° Sentencia : 2994 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admision Con Suspención De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS. SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho Recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
arriba

N° Expediente : 2976 N° Sentencia : 2992 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admisión Con Suspensión De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS. SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho Recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
arriba

N° Expediente : 3014 N° Sentencia : 2995 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admisión Con Suspensión De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho Recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
arriba

N° Expediente : 2985 N° Sentencia : 2993 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admision Con Suspención De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS. SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
arriba

N° Expediente : 3013 N° Sentencia : 2996 Fecha: 04/10/2013
Procedimiento:
Admision Con Suspención De Efectos
Partes:
FABRICACIONES INDUSTRIALES, C.A. (FAINCA) VS. SENIAT
Resumen:
este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, considera cumplidos los extremos de admisión del presente recurso contencioso tributario, conforme a lo previsto en el artículo 266 del Código Orgánico Tributario, así como llenos los requisitos exigidos por los artículos 259, 260, 261 y 262 eiusdem, razones por la que ADMITE dicho recurso en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. En consecuencia, considera el juez que no deben suspenderse los efectos del acto recurrido al no existir interposición del juicio ejecutivo, por no haber concurrencia de los requisitos antes identificados y por considerar que en este caso sólo debe pronunciarse cuando exista concurrencia de los dos institutos jurídicos o en la eventualidad que el juicio ejecutivo sea interpuesto por la administración tributaria en el transcurso del proceso. Así se decide
Juez/Ponente:
Jose Alberto Yanes Garcia
Organo:
Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central
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