Este Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la pretensión de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO propuesta por los ciudadanos YNES CRISTINA AGÜERO ALVARADO, MERCEDES YSABEL AGÜERO ALVARADO, LUIS EDUARDO AGÜERO ALVARADO y CARMEN ELENA AGÜERO ALVARADO representada en este acto por la ciudadana YNES CRISTINA AGÜERO ALVARADO, contra el ciudadano JOSE RAFAEL AGUERO, todos identificados en autos.