DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA POR IMPROCEDENTE la REVISION Y SUSTITUCION de la medida cautelar privativa de libertad, peticionada por la abogada TIBISAY SANCHEZ DE BARRQADAS, Defensora publica del acusado JOSE VASQUEZ VASQUEZ plenamente identificado en autos, y a quien se le sigue proceso de enjuiciamiento como presunto autor de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO AGRAVADO por lo que se MANTIENE la medida cautelar privativa de libertad con todos sus efectos, hasta tanto se realice la audiencia de juicio oral y publico, actualmente convocada para el día 10 de Diciembre 2009 a las 10:00 a.m. todo tenor de lo dispuesto en los artículos 244, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal en relación.....