PRIMERO: La culpabilidad de los ciudadanos Daniel Alejandro Querales, titular de la cédula de identidad Nº 20.943.0782, Rodrigo Nelson Leal Yajure titular de la cédula de identidad Nº 19.299.976, y Mariangel Ester Pérez, titular de la cédula de identidad Nº 19.846.715, ya identificados, por la comisión de los delitos de Ocultamiento de Arma de Fuego, Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito de Robo y Uso de Niño, Niña y Adolescentes para Delinquir previstos y sancionados en los artículos 277, 470 respectivamente del Código Penal y 264 de la Ley Orgànica para la Protecciòn de Niño, Niña y Adolescente (Precalificación Fiscal.
SEGUNDO: de conformidad con lo establecido en la ley respecto a la imposición de penas, las cuales consagran para el delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el encabezamiento del 277 del Código Penal, una pena de tres a cinco años de prisión y el delito Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito de Robo, previsto y sanciona.....