este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la suspensión condicional del proceso por el lapso de UN (01) AÑO, y le impone como condiciones, las siguientes:; 1.- Presentarse por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, para que se le designe un delegado de prueba que le supervisará el régimen de prueba impuesto; 2.- No incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa en contra la victima u otras personas; Se deja constancia que el imputado manifestó haber entendido las condiciones impuestas por este Tribunal. Se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, indicándole que deberá designarle un delegado de prueba al acusado MIGUEL ALFREDO GONZALEZ GONZALEZ.