DECISION
Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ARIANNYS NAYDALIS VALDERRAMA, titular de la cédula de identidad número V- 16.041.184 en contra de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A (CATRACOPORSA).
SEGUNDO: Se ordena a la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL CONSORCIO OLEAGINOSO PORTUGUESA, S.A (CATRACOPORSA) dar cumplimiento a la Providencia Administrativa 00175-2011 dictada por la Inspectoría del Trabajo de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa en fecha 19 de mayo del 2011, mediante la cual se ordenó el reenganche de la ciudadana ARIANNYS NAYDALIS VALDERRAMA, y el pago de los.....