este Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y EN CONSECUENCIA, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de la ciudadana ELIZMAR MARIA CABELLO PAREJO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-17.763.348, de años 27 de edad, soltera, natural de Cumaná, Estado Sucre; nacida en fecha 01/12/1985, de profesión u oficio estudiante, hija de Alicia Parejo y Jesús Cabello, de residenciada en Cantarrana, Avenida Principal, casa S/N, cerca de la panadería Cantarrana, teléfono: 0412-4996428; a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión del delito de COOPERADORA ILEGAL DE CASINOS, previsto y sancionado en el Artículo 54 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Pr.....