Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la cesación de las medidas de libertad asistida y reglas de conducta dictadas en contra de "OMISSIS" por la comisión de los delitos de: Homicidio Intencional En Grado De Cooperador Inmediato Y Lesiones Personales Genéricas, tipificado en el artículo 405, en relación con el 83 y 413, respectivamente todos del Código Penal, cometido en perjuicio del occiso Alonzo Dionicio Báez Y José Rafael Narváez Báez Y Porte Ilícito De Arma De Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; en perjuicio del Estado Venezolano, por prescripción de la sanción, en virtud de la muerte del sancionado, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños.....