Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN y la tiene como Sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada.- Asimismo suspende la medida decretada en fecha 23 de Noviembre del 2007
PUBLIQUESE Y REGISTRESE:
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en Valencia a los Cuatro (04) días del mes de Diciembre del año dos mil siete (2007). Año 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. Yuleima Castillo Oviedo,
LA SECRETARIA,
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