Esta corte ACEPTA LA COMPETENCIA declinada el 27 de junio de 2007 por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo Justicia para conocer de la demanda por cumplimiento de contrato incoada por los abogados Leopoldo A. Palacios Maldonado, Mildred B. Galíndez Badell, Jesús A. Mendoza Mendoza y Wilfredo A. Barreto Rodríguez, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la FUNDACIÓN TERESA CARREÑO, ya identificada, contra las sociedades mercantiles IMPERMEABILIZADORA CARONÍ, C.A., y SEGUROS PIRÁMIDE, C.A., igualmente identificadas, y ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo a los fines de reanudar la causa al estado en se realice la notificación a la ciudadana Procuradora General de la República, y una vez que conste en autos su notificación, quedará suspendida la causa a tenor de lo dispuesto en el artículo 94 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.03