En el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano TARÍK SAAB SAAB, contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BOLÍVAR, se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1. COMPETENTE para conocer del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano antes mencionado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y, Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 7 de agosto de 2007, que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el referido ciudadano contra el CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BOLÍVAR.2. SIN LUGAR la apelación interpuesta.3. SE CONFIRMA el fallo apelado. 02