este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARAR CON LUGAR lo solicitado por la Representante del Ministerio Público, y en consecuencia, acuerda DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra de los adolescentes XXXXXXXXXXXX de conformidad con el artículo 582 literales "B" y "C" de la L.O.P.N.N.A., consistente en someterse a la vigilancia de su señora madre ciudadana Nirka Salazar , titular de la cédula de identidad N° 12.290.094 y presentarse por ante la Prefectura de Chacopata cada treinta (30) días. Se otorga la libertad de los imputados de autos, desde esta misma sala de audiencias, dejándose constancia que la misma se retira en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación confor.....