Este Tribunal Superior las normas anteriormente citadas, se infiere que en el presente asunto consta la manifestación de voluntad expresa por los abogados Oscar Álvarez y Johnny Fittipaldi Hernández, inscritos en el INPREABOGADO bajos los Nros. 103.585 y 90.282, actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil TUBRICA, C.A., de DESISTIR de la presente causa, según se desprende de la diligencia de fecha 23 de julio de 2013, en consecuencia, se dan los supuestos previstos en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, resultando procedente HOMOLOGAR el DESISTIMIENTO formulado del Recurso Contencioso Tributario. En este sentido, este Tribunal Superior da por terminada la presente causa y archivar el expediente. Así se decide.