VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Carlos Alfredo Heredia Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 160.647; actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano YSMAEL ANTONIO SÁNCHEZ, titular de la cedula de identidad N° 16.416.544, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza funcionarial del asunto.
Notifíquese al ciudadano Procurador del Estado Portuguesa de conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República por reenvío expreso del ar.....