Por todos los argumentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide declarar:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN, realizada por el Defensor Público Agrario de los ciudadanos MIGUEL TORRES, JUAN CASTELLANOS, ELIS TORRES, ALBIL TORRES, FERNANDO TORRES, CERAPIO AZUAJE, JOSE CASTELLANO, JUAN ORELLANA, JOSE ORTEGANO, ROMULO HIDALGO, GILBERTO QUINTERO, CALENDARIO TERAN, JESUS TORRES, RAMON AZUAJE, VICTOR ROJAS, ISIDOTRO RUIZ NOGUERA y EDGAR BASTIDAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.254.534, 10.725.336, 14.569.752, 16.209.023, 12.509.699, 8.060.774, 18.250.697, 14.067.350, 11.400.766, 14.205.389, 18994953, 14.273.270, 16.647.587, 14.864.272, 18.296.254, 12.648.446 y 16.475.908, respectivamente, abog.....