En consecuencia este Tribunal ordena prescindir de los escabinos, y fijará la fecha para la celebración del Juicio Oral y Privado de los adolescentes (Identidad Omitida), una vez sea capturado el adolescente (Identidad Omitida), quien se encuentra evadido desde el 22 de Septiembre del 2003, ordenándose su captura desde el 02 de Octubre del 2003, sin que hasta la fecha se haya logrado su captura, por lo que se RATIFICA la orden de Captura, ordenándose oficiar nuevamente al Jefe de la Zona Policial N° 1 Comisaría N° 10 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara, de dar cumplimiento a la orden de captura y deberá informar las diligencias practicadas por dicho organismos desde el 03 de Octubre del año pasado hasta la presente fecha en el logro de la captura del adolescente.. Líbrese Boleta de Notificación a las partes y el Oficio respectivo. Cúmplase.
LA JUEZA DE JUICIO
ABOG GISELA PARRA FUENMAYOR
LA.....