se admitie el Recurso Contencioso Tributario, incoado por el ciudadano Nicolás Ángel Rubortone Cirocco, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.722.039, actuando con el carácter de Director de la sociedad mercantil Inversiones Rubortone, C.A., asistido por el abogado Rafael Ygnacio Carvajal Orduz, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 92.260, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº SNAT-INTI-GRTI-RCO-DJT-ARA-510-2013-000008, de fecha 21 de febrero de 2013, notificada el 15 de marzo de 2013, dictada por la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).