PRIMERO: Se ADMITE el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES.
SEGUNDO: Se SUSPENDE EL CURSO DE LA PRESENTE CAUSA hasta tanto conste en autos la certificación de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida, a favor del ciudadano VICTOR SEGUNDO VIZCAYA COLMENAREZ, con ocasión de la Providencia administrativa Nº 01021 de fecha 07 de Julio de 2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Pio Tamayo", en el expediente Nº 005-2016-01-03060. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Se ORDENA a la Inspectoría del Trabajo sede José Pio Tamayo del Estado Lara, remita a este Tribunal, una vez que se verifique, la referida certificación de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida. LÍBRESE OFICIO, remitiendo anexo copia certificada de la presente decisión.
CUARTO: Esta suspensión no excederá del lapso de caducidad establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
QUINTO: Una vez c.....