"... Vista la denuncia y recusación suscrita en fecha catorce (14) de Agosto de 2006 por la abogada EDELMIRA GUZMÁN ya identificada, que anexo junto a la presente acta, en vista que las resultas no han llegado del Juzgado Superior que conoce del caso, y en virtud de que todos los alegatos que fueron hechos por la abogada antes mencionada haya causado tal malestar en mi persona, que me ha hecho perder mi imparcialidad y objetividad, y considero que me encuentro comprendida dentro del supuesto de hecho que establece el artículo 82, Ordinal 9º del Código de Procedimiento Civil, por lo que me veo obligada a INHIBIRME del conocimiento de la presente causa y solicito que esta incidencia sea declarada Con Lugar, por el Tribunal Superior ante quien deba tramitarse. Remítase con oficio, copia certificada de la presente Acta de Inhibición, así como la de las actuaciones que aquí se señalan una vez que transcurra el lapso previsto en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil, al Juzgado.....