Por lo anterior expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículo 318 numeral 4º, 322 y 324 del Código Adjetivo Penal, declara con lugar la solicitud fiscal y decreta el SOBRESEIMIETO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos NAULI PAUL SUAREZ AGÜERO y JULIO CESAR PINEDA PEREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 15.779.518 y 16.238.681, respectivamente, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES EN RIÑA, previstos en el artículo 423 en relación con el artículo 425 del Código Penal. Se deja sin efecto cualquier medida de coerción personal que se haya decretado por esta causa. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Una vez firme remítase al Archivo Judicial. Líbrese las boletas. Cúmplase.