DISPOSITIVA
Como punto previo y visto que se presentó al ciudadano Jean Carlos Verde Crespo, el cual dado a las gravedad de las heridas fue trasladado con carácter de Urgencia al Hospital Central Antonio María Pineda de Barquisimeto, Estado Lara, es por lo que esta audiencia se suspende en relación al referido ciudadano, tomando en cuenta e derecho fundamental a la Salud, consagrado en el Artículo 83 de nuestra Constitución Nacional. Ahora bien, Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima que están presentes los supuestos del Art. 248 del COPP, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención de los Ciudadanos: 1.-) JOSE ANTONIO CARDOZO ALEGULLAR, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.619.520, 2.-) GUSTAVO ENRIQUE C.....