III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por los ciudadanos Jenny Josefina García Rodríguez y Pablo Daniel Lobo Castillo, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.380.758 y V-14.379.661, asistidos por los abogados Arelis Gabriela Colina Morillo y Miguel Ángel Velásquez De Antoniis Inscritos en el Inpreabogado bajo el No 186.524 y 289.417. Expídase por la Secretaría de este Tribunal, dos (02) juegos de copia certificada de la presente sentencia para ser remitidas junto con oficio a la Oficina del Registro Civil de la parroquia Juan José F.....