Visto el escrito interpuesto por la defensa, este Tribunal ORDENA se notifique al imputado con carácter de urgencia la obligación en que está de comparecer por ante el Servicio Médico Forense (Psiquiatría) el día Jueves 27 de Abril, a los fines de ser debidamente evaluado por ese Servicio. Ofíciese lo conducente al Médico Forense con mención expresa, que el motivo de la solicitud es determinar si el imputado amerita ser internado en el Centro de Rehabilitación Pampero, o si puede ser tratado ambulatoriamente, en virtud de lo cual deberá remitir a la brevedad posible las resultas a este Tribunal a los fines de proveer lo conducente. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.