"...actuando en Sede Constitucional y Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano FRANKLIN LJUIS CHOURIO GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 16.502.775 contra la empresa SAMFOR, C.A, y se ordena a la empresa accionada , restituir la situación jurídica infringida mediante el cabal e inmediato acatamiento de la Providencia Administrativa No. 00336/10, de fecha 27 de agosto de 2010, dictada en el expediente administrativo 028-2010-01-00576 llevado por la Inspectoría del Trabajo "Batalla de Vigirima", en Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y Los Guayos del Estado Carabobo,..."