En esta misma fecha se publicó AUTO MOTIVADO DE AUDIENCIA ESPECIAL DE PRESENTACIÓN DE IMPUTADOS en donde se decretó MEDIDA CAUTELAR SUSTITUVA DE LA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD en contra de los imputados Ramón Alberto Chivico Ramírez y Alexis Jesús Castro Bastidas, de conformidad a lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal en su ordinal 3°, consistente en la obligación de presentarse por ante la oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada 30 días, por encontrarlos presuntamente incursos en los delitos de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES Y ROBO SIMPLE, previstos y sancionados en los artículo 413 y 455 del Código Penal vigente; se acordó continuar el presente procedimiento por la Vía Ordinaria y la remisión de las actuaciones a la Fiscalía 10° del Ministerio Público.