En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento, suscrito entre los ciudadanos JORGE LUIS PEREZ TINEO y MARITZA DEL VALLE NAVARRO, suficientemente identificados, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Da carácter de cosa Juzgada y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado, para que en su debida oportunidad sea remitido al Registro Principal del Estado Sucre, a los fines de su archivo y cuido. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre.