Seguidamente este Tribunal. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE los bienes anteriormente señalados. En este estado la parte demandada ofrece en pagar la cantidad de: Dos Mil Bolívares Fuertes (2000BsF) de la siguiente manera: Quinientos Bolívares Fuertes (500BsF) por gastos de Perito y Depositario y Mil Quinientos Bolívares Fuertes (1500BsF), en parte de pago a la trabajadora Ana Garrido. Para el pago total de las costas procesales la suma de Un Mil Ciento Diecinueve Bolívares Fuertes con cuarenta y cinco céntimos (1.119,45BsF) Para ser cancelados el día viernes Ocho (08) de Mayo del Dos Mil Nueve (2009); y a cancelar la suma de Dos Mil Doscientos Treinta y Uno Bolívares Fuertes exactos para ser cancelados en fecha Veinticinco (25) DE Junio del Dos Mil Nueve (2.009). Presente la parte actora acepta la oferta de pago, dejando a salvo el Embargo de los bienes descritos, para garantizar el cu.....