Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL Y LAS PRUEBAS OFRECIDAS por la Representación Fiscal en el presente Asunto, seguido contra el adolescente OMISSIS relación con el artículo 579 literales A, E, F, G, H, e I ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
SEGUNDO: SE ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del Adolescente OMISSIS; por considerarlo presuntamente incurso en la comisión del Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, tipificado en el artículo 405 en concordancia con el articulo 83 del código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio del hoy occiso GERALDO DEL JESÚS BRITO LOPEZ.
TERCERO: SE NIEGA LA PRISIÓN PREVENTIVA COMO MEDIDA CAUTELAR, que conforme al artículo 581 Literales "A", "B.....