"...este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por los ciudadanos: MARGARITA ROJAS MORA Y ÁNGEL VITELIO SANCHEZ, debidamente identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 28 de Julio de 1958, fecha en la que contrajeron matrimonio ante la Prefectura Civil del Municipio San Antonio de Caparo del Estado Táchira hoy oficina del Registro Civil del Municipio Libertador del Estado Táchira
NO PROCREARON HIJOS. NO HAY BIENES QUE LIQUIDAR..."