Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadano GERSON JAVIER PIÑA GUZMAN identificado en autos, en contra la empresa BUHOS OM LINE, C.A
SEGUNDO: Se ordena a la empresa BUHOS OM LINE, C.A que pague al ciudadano GERSON JAVIER PIÑA GUZMAN identificado en autos la cantidad de SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs,F 7.197,00) más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de determinar: 1) La indexación sobre las cantidades condenadas a pagar. Ahora bien, con respecto a la corrección monetaria y de conformidad con la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 28/10/2008 expediente número 07-.....