En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
UNICO: Declara sin lugar la solicitud de la defensa y Niega por Improcedente la Sustitución de la Medida de Coerción Personal del ciudadano imputado Yonny José Salas, titular de la cédula de identidad V-22.261.346, a quien se le sigue el presente proceso penal, por la presunta comisión de los delitos de Robo de Vehículo Automotor previstos y sancionados en el artículo 5 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo y Uso de Adolescente Para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (precalificación fiscal), y acuerda mantener la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, con todos sus efectos, a tenor de lo dispuesto en los ar.....