En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA OPOSICIÓN hecha contra las MEDIDAS DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, Decretadas por este Tribunal en fecha 14/05/2010 (F. del 2 al 12 de la Pieza I del Cuaderno de Medidas); interpuesta por las Abogadas en ejercicio MARITZA QUINTERO HERRERA Y LIGIA SANTAFE COLMENARES, actuando como Apoderadas Judiciales de los ciudadanos RUGGIERO SUPPA CORCELLA, YADIRA COROMOTO ROJAS TORRELLES y ESTHER INDIRA SUPPA ROJAS; y de las Entidades Mercantiles ALMACENADORA RUGGIERO, C.A., INVERSIONES SUPPA, C.A. y EQUIPOS SUMAR, C.A., en la demanda de ACCION MERODECLARATIVA intentada por los Abogados HECTOR GAMEZ ARRIETA y PEGGI GAMEZ de D.....